¿Cuáles son los reportes que se deben entregar en SICVECA?
El reglamento SUGEF 13-19 y los lineamientos generales al reglamento, establecen en su artículo 22 y respectivo numeral, que el sujeto obligado debe remitir a la Superintendencia los reportes de operaciones en efectivo y otros medios de pago por sumas mayores o iguales a US$10 000.00, para todas las actividades, con excepción de las que se detallan y para las cuales se establecen montos diferenciados:
• Comerciantes de metales y piedras preciosas, cuyo monto es US$15 000.00
• Casinos por un monto de US$3 000.00
• Organizaciones sin fines de lucro y Remesas y Transferencias, por un monto de US$1 000.00
Los reportes deben presentarse en los 20 días naturales siguientes a partir del cierre del último día del período anterior.Seguidamente se le muestra la información de los períodos a presentar por tipo de Sujeto Inscrito:
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22/06/2022-
APNFD Formularios_informativo_campos y descripcionesV2.xlsx-
EXCEL-informativo
11/02/2022
APNFD-Guía de uso - Formularios SICVECA V1.pdf
Documento PDF
APNFD-Guía de uso -XML SICVECA V1.pdf
21/06/2022
APNFD_Archivos_XML_y_XSD_(2).zip
Archivo xml y xsd
22/06/2022
APNFD_Descriptivo_Tablas_XML_SICVECA_V3.doc
Documento word
APNFD_Manual_Operativo_ XML_SICVECA_V3.doc
APNFD_Preguntas Frecuentes_Uso SICVECA V2.docx
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