Considerando que los bancos comerciales deben presentar a esta Superintendencia, solicitud para la formación de estimaciones, provisiones y reservas, en virtud de lo establecido en el artículo 10 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional. Al respecto, de manera atenta le solicitamos de ser posible para su banco, presentar a este Despacho la respectiva solicitud de autorización, para el semestre que termina el 30 de junio de 1998, antes del 15 de junio del año en curso.
Atentamente,
Rafael Arce González
Director General
Inspección Bancos