CARTA CIRCULAR EXTERNA 9-97
2 de mayo, 1997
A LOS GERENTES DE LOS BANCOS ESTATALES,
PRIVADOS, COOPERATIVOS, SOLIDARISTAS, ENTIDADES FINANCIERAS NO
BANCARIAS Y ORGANIZACIONES COOPERTIVAS DE AHORRO Y CREDITO
SUJETAS A LA FISCALIZACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA GNENERAL DE
ENTIDADES FINANCIERAS
(Excepto Mutuales de Ahorro y Préstamo)
ASUNTO: Cambios en el "Sistema Ingresador
Financiero-Contable"
La Superintendente General de Entidades Financieras,
considerando que:
- Para la correcta aplicación de la normativa definida en
los Acuerdos SUGEF-9-10 y 11-96, se deben realizar
cambios en el Módulo del Sistema Ingresador
Financiero-Contable.
- De conformidad con el artículo 178 de la Ley Orgánica
del Banco Central de Costa Rica, Ley 7558, se permite al
Banco Central cancelar a los Bancos Comerciales del
Estado, las denominadas pérdidas cambiarias con bienes
del disuelto Banco Anglo Costarricense.
DISPONE:
- Proveer a las entidades la versión 5.1 (a) del Módulo
"Ingresador Financiero Contable", mediante la
cual deberán seguir enviando la información financiera
contable en la forma y periodicidad determinadas por esta
Superintendencia a partir de la información referida al
31 de mayo de 1997. En esta versión se están
incorporando las cuentas y subcuentas que permitirán
cumplir con lo indicado en el considerando de esta
circular.
- Facilitar en la Pizarra Electrónica de Datos (BBS) el
documento con las actualizaciones a los capítulos IV y
VII del Manual de Información para el Sistema
Financiero, así como la actualización de los anexos
4.1, 4.2, 4.4, 4.5, 4.6 y 7.1.
- Actualizar el Plan de Cuentas para entidades financieras,
para lo cual cada intermediario deberá enviar un
diskette 3.5, doble lado, alta densidad a la
Subdirección de Normas, Departamento de Servicios
Técnicos para el trámite correspondiente.
- Se anexa un detalle de las modificaciones realizadas al
Sistema Ingresador de la información financiero contable
y a los capítulos IV y VII del Manual de Información
para el Sistema Financiero.
- Los diskettes con la versión 5.1 (a) del Módulo
"Ingresador Financiero Contable" pueden ser
retirados, por las personas debidamente autorizadas, en
el Departamento de Servicios Técnicos. Para cualquier
consulta al respecto pueden comunicarse al teléfono
256-2010, extensiones 462 ó 463.
Atentamente,
Maggie Breedy
Superintendencia General de Entidades Financieras