CARTA CIRCULAR EXTERNA N° 46-99

21 de diciembre de 1999

A LOS GERENTES DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO SUPERVISADAS POR LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS

Como es de su conocimiento, en la Asamblea Legislativa se está tramitando el proyecto de "Ley Especial de Asistencia al Sector Cooperativo" que pretende, entre otras cosas, amortiguar el impacto que tuvo la intervención y posterior liquidación de los Bancos Cooperativos y otras entidades del sector.

Dada la importancia que este proyecto reviste para el sector cooperativo y que varias cooperativas han consultado a esta Superintendencia sobre el procedimiento contable a seguir al tratar las pérdidas ocasionadas por las inversiones realizadas en dichas entidades, este Despacho está anuente para que se proceda en todos los extremos conforme al proyecto de Ley en mención (documento adjunto), en el entendido que si no se produjera su aprobación definitiva, su entidad deberá reversar los movimientos realizados y registrar las pérdidas incurridas y las correspondientes estimaciones, al cierre del ejercicio económico que finaliza el 31 de diciembre de 1999.

De aprobarse el proyecto, esta Superintendencia procederá a normar y a definir varios aspectos, entre los cuales, destaca la evaluación financiera individual de las entidades, a efectos de establecer con toda claridad los plazos aplicables para los diferimientos respectivos. Esto implicará ajustes en los cierres contables del año 2000 y posteriores.

Atentamente,

Bernardo J. Alfaro Araya
Superintendente General