Conforme a lo establecido en el acuerdo SUGEF 15-97 "Normas Generales para la calificación y clasificación de la cartera de crédito según el riesgo y para la constitución de provisiones o estimaciones en las Organizaciones Cooperativas de Ahorro y Crédito" su Representada debe calificar y clasificar la cartera de créditos a partir del 1 de enero de 1998.
Asimismo, considerando que el Acuerdo SUGEF 17-96, "Documentación e información mínima que las entidades fiscalizadas deben mantener en las carpetas de crédito de sus deudores", está estrechamente relacionado con el Acuerdo SUGEF 15-97 y conforme a nuestros objetivos de capacitación, hemos programado una charla sobre ambos acuerdos el 18 y 19 de noviembre, según cronograma adjunto.
La actividad se llevará a cabo en la sala de capacitación de la SUGEF, ubicada en el cuarto piso, a la 1:30 p.m. Le solicitamos designar dos funcionarios relacionados directamente con el proceso de calificación y clasificación de la cartera de préstamos para que asistan a esa actividad.
Atentamente,
Maggie Breedy
Superintendente General