CARTA CIRCULAR EXTERNA SUGEF-27-2000
10 de noviembre del 2000
A LOS GERENTES DE LOS BANCOS PRIVADOS
ASUNTO: Remisión de datos conforme el nuevo Reglamento al artículo 59 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional
La Superintendencia General
de Entidades Financieras considerando que:
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Mediante Decreto N°28985-H, del 18 de octubre del 2000; el Poder Ejecutivo emitió el
nuevo “Reglamento al artículo 59 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario
Nacional”
-
El citado
reglamento introduce cambios en la metodología para el cálculo y control de los
montos que deberán trasladar los bancos privados a la banca estatal y/o
mantener en créditos, en cumplimiento de los
requisitos para captar mediante cuenta corriente.
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La versión
actual del Sistema Ingresador de Encaje y el Sistema de Encaje Legal
permite a esta Superintendencia obtener y
realizar los cálculos de la forma supra citada.
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Los cambios al
Sistema Ingresador de Encaje no implican cambios al Capítulo X del Manual de
Información del Sistema Financiero.
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El citado
reglamento contempla el rezago de cinco días naturales.
Dispone:
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Aclarar a las entidades que en
cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento al Artículo 59 de la LOSBN,
deberán remitir al Departamento de Información Crediticia de esta Superintendencia,
mediante el Sistema Ingresador de Encaje, un detalle de los saldos reales
de préstamos a la banca estatal (obtenidos de los respectivos estados de
cuenta) o bien de créditos
otorgados según decretos N°25480-H, 26601-H, 26487-MAG, 26426-MEIC y 27710-MAG,
a partir de la primera quincena del mes de noviembre del 2000.
Los datos que deberán incluirse en el Sistema Ingresador, corresponden
al monto del saldo de la cuenta en el banco estatal o bien de los créditos
otorgados, en moneda nacional y en moneda
extranjera, para cada uno de los días de una quincena natural con el respectivo
rezago. Es decir para los fines de semana o bien días feriados deberá incluirse
la información real de esos días.
Seguidamente se detalla el
procedimiento recomendado para incluir dicha información:
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Ingresar a la
opción “Calendario Laboral” del menú Datos y habilitar todos los días inhábiles
del mes.
-
Registrar en la
opción “Préstamos a la banca estatal” o bien de “Créditos según programas del
poder Ejecutivo” los datos para cada día natural de la quincena. Los datos en
moneda nacional deberán expresarse en miles de colones y los datos en moneda
extranjera en dólares sin centavos.
Cualquier información al
respecto, le solicitamos canalizarla al señor Johnny Lobo Chaves al teléfono
243-4853 Departamento de Información Crediticia.
Atentamente,
Bernardo J. Alfaro A.
Superintendente General