CARTA CIRCULAR EXTERNA SUGEF-19-98
14 DE SETIEMBRE DE 1998
A LOS GERENTES DE LAS ENTIDADES SUPERVISADAS
POR LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
La Superintendencia General de Entidades
Financieras considerando que:
- El artículo 128, inciso l) de la Ley
Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Ley 7558,
establece que el Consejo Directivo de la Superintendencia
podrá dictar las normas sobre el contenido, la forma y
la periodicidad de la información que deberá publicar
la Superintendencia General de Entidades Financieras,
sobre las entidades fiscalizadas, incluyendo tener a
disposición del público composición accionaria, la
composición accionaria de los propietarios de éstas,
cuando fueren personas jurídicas y una publicación
semestral con la nómina de directores y apoderados de
las entidades fiscalizadas.
- El Capítulo VI del Manual de Información
del Sistema Financiero, establece que la información que
la Superintendencia General de Entidades Financieras
solicita a las entidades fiscalizadas de su Junta
Directiva, Niveles Gerenciales, Auditoría Interna,
Auditoría Externa, accionistas, capital y de otra
índole, tiene el propósito de alimentar oportunamente
sus sistemas de información de manera que le permita
desarrollar en forma más eficaz y eficiente la labor de
fiscalización y supervisión que le compete de
conformidad con la legislación vigente.
- De acuerdo al Capítulo VI del Manual de
Información del Sistema Financiero, las entidades
deberán remitir la información de la Composición
Accionaria, Junta Directiva, Puestos Ejecutivos, Capital
Social, etc., mediante el Sistema Ingresador de Registro
y Control de Intermediarios Financieros, a esta
Superintendencia trimestralmente, con corte al último
día de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año.
El plazo de envío de la información será de 5 (cinco)
días hábiles contados a partir del último día de los
referidos meses.
- Debido a la evolución de la tecnología y
al alto avance de los equipos informáticos, la
Superintendencia General de Entidades Financieras, con el
fin de mantenerse actualizada en esta corriente, puso a
disposición del público en general, una página Web,
donde se presenta información general sobre las
entidades financieras supervisadas.
Dispone:
- Modificar el capítulo III y punto 6.2.1.
(envío de datos ordinarios), del Capítulo VI del
Manual de Información del Sistema Financiero, para que
la información sea remitida a esta Superintendencia vía
ingresador mensualmente, con corte al último día de
cada mes. El plazo de envío de la información será de
5 (cinco) días hábiles contados a partir del último
día de cada mes.
Atentamente,
Maggie Breedy
Superintendente General