CARTA CIRCULAR EXTERNA 19-2000

26 de junio, 2000

A los gerentes de las Cooperativas de Ahorro y Crédito Fiscalizadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras:

Esta Superintendencia conforme a lo establecido en la Ley No. 7786 "Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y actividades conexas” ha elaborado en coordinación con la Superintendencia General de Valores y la Superintendencia General de Pensiones un borrador sobre las "Medidas que deberán adoptar los entes supervisados o fiscalizados por la Superintendencia General de Entidades Financieras para prevenir  la legitimación de capitales provenientes de actividades ilícitas", que con esta Circular sometemos a su consulta.

Asimismo, se remiten los borradores de formularios para registrar las operaciones únicas y múltiples superiores a los US$10.000,00, o su equivalente en otra moneda, así como para reportar las operaciones sospechosas (Anexo 1).   Se adjunta un instructivo para completar estos formularios (Anexo 2); y un detalle con algunas señales de alerta de operaciones que podrían considerarse sospechosas (Anexo 3).

Para efectos del envío de la información más relevante de cada formulario, se envía un cuadro resumen el cual debe remitirse según lo señalado en el punto 5 del instructivo antes mencionado.

Esta circular derogaría las Circulares Externas 16-98 y 30-98 del 1 de setiembre y 15 de diciembre de 1998 respectivamente, por lo que solicitamos remitir sus comentarios antes del 15 de julio del 2000.

Atentamente,

Bernardo J. Alfaro Araya
Superintendente General