La Superintendencia General de Entidades Financieras considerando que:
SUGEF 22-00 “Normas Generales para definir y calcular el Patrimonio no Redimible de las Entidades Fiscalizadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras”
SUGEF 23-00 “Normas para establecer la Suficiencia Patrimonial de las Entidades fiscalizadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras”
SUGEF 24-00 “Reglamento para juzgar la situación económico financiera de las Entidades Fiscalizadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras”
SUGEF 25-00 “Normas Generales para definir y calcular el Patrimonio no Redimible de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo para la Vivienda”
SUGEF 26-00 “Normas para establecer la Suficiencia Patrimonial de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo para la Vivienda”
SUGEF 27-00 “Reglamento para juzgar la situación económico financiera de las Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Préstamo para la Vivienda”
Atentamente,
Bernardo J. Alfaro A.
Superintendente General
Para mayor información sobre este reporte, se puede consultar el capítulo 7 del Manual de Información disponible en el sitio web de la Superintendencia y el ejemplo suministrado en la circular externa SUGEF 13-2001 del 01 de junio del 2001.
La información de flujos de efectivo suministrada en el Reporte de Brechas permite valorar el riesgo por variaciones en las tasas de interés al confrontar los activos sensibles a tasas de interés con los pasivos sensibles a tasas de interés, distribuidos en diferentes bandas de tiempo:
De 0 a 30 días
De 31 a 90 días
De 91 a 180 días
De 181 a 360 días
De 361 a 720 días
Más de 720 días
El reporte, que presenta una estructura similar a la del Calce de Plazos, debe presentar la información en colones sin céntimos, desglosada en moneda nacional y extranjera (en colones equivalentes al tipo de cambio de compra del último día del mes respectivo).
P or ser un reporte de flujos futuros de fondos no es posible la validación contra saldos en cuentas de balance, y los datos solo podrán ser validados por nuestros supervisores en el campo. Es el intermediario entonces el principal apoyo en este tipo de reportes pues debe procurar los mecanismos internos que aseguren la calidad de dicha información.
Reporte de brechas | Los saldos deben estar relacionados con los activos o pasivos incluidos en las cuentas: |
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Inversiones |
121 Inversiones en el BCCR y en títulos valores públicos 122 Inversiones en entidades financieras del país 123 Inversiones en entidades financieras del exterior 124 Otros Títulos valores 125 Títulos valores vendidos con pacto de recompra 127 Otras inversiones temporales 128 Productos por cobrar por inversiones temporales (se excluyen productos asociados a inversiones en entidades en cesación de pagos, registradas en cuenta 126) Para el caso de inversiones permanentes las cuentas a considerar en su orden serían: 161, 162, 163, 164 , 165 , 167 y 168.
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Cartera de créditos |
131 Créditos vigentes 132 Créditos vencidos 134 Cartera créditos entregada en administración 137 Créditos por mandato legal 138 Productos por cobrar por cartera de créditos (deben excluir productos asociados a créditos en cobro judicial registrados en cuenta 133) |
Obligaciones con el público |
213 Captaciones a plazo 219 Cargos por pagar por obligaciones con el público (únicamente la parte proporcional asociada a los pasivos registrados en la cuenta 213) |
Obligaciones con el Banco Central |
222 Obligaciones con el BCCR a plazo 229 Cargos por pagar por obligaciones con el BCCR (únicamente la parte proporcional asociada a los pasivos registrados en la cuenta 222) |
Obligaciones con Entidades Financieras |
232 Obligaciones con Entidades financieras a plazo 233 Obligaciones por otros financiamientos 239 Cargos por pagar por otras obligaciones financieras (únicamente la parte proporcional asociada a los pasivos registrados en las cuentas 232 y 233 ) |
El ejemplo con los determinantes y características de los flujos asociados a activos y pasivos que se deben considerar en el reporte fue detallado en la circular externa SUGEF 13-2001 ya citada, y también está disponible en el capítulo 7 del Manual de Información del Sistema Financiero que puede accesarse en el sitio web de esta Superintendencia.
Los productos por cobrar registrados en las cuentas 128, 138 y 168; así como a productos por pagar registrados en las cuentas 229 y 239 reflejan los movimientos esperados en sus flujos previo al cambio en tasas de interés a que podrían estar sujetos los activos y pasivos que los originan.
Para los flujos asociados a inversiones permanentes también han de excluirse aquellos que se originan en colocaciones con entidades que se encuentran en cesación de pagos.
20034 | Inversiones temporales en títulos valores de gobiernos o bancos centrales de países miembros del Grupo de los Siete |
Corresponde al saldo de inversiones temporales que la entidad mantiene en títulos valores cuyo emisor es un gobierno o banco central de alguno de los países miembros del Grupo de los Siete. Referencia: cuentas 124.02 “Títulos valores públicos del exterior”, 125.07 “Títulos valores públicos del exterior vendidos con pacto de recompra”
20035 | Inversiones permanentes en títulos valores de gobiernos o bancos centrales de países miembros del Grupo de los Siete |
Corresponde al saldo de inversiones permanentes que la entidad mantiene en títulos valores cuyo emisor es un gobierno o banco central de alguno de los países miembros del Grupo de los Siete. Referencia: cuentas 164.02 “Títulos valores públicos del exterior”, 165.07 “Títulos valores públicos del exterior vendidos con pacto de recompra”
20036 | Estimaciones creadas para productos por cobrar por inversiones temporales registrados en la cuenta 128, otras inversiones permanentes registradas en la cuenta 167.01 o para los productos por cobrar por inversiones permanentes registradas en la cuenta 168 |
Corresponde indicar en este dato, el saldo de estimaciones que la entidad ha registrado para cubrir eventuales pérdidas asociadas a los productos por cobrar por inversiones temporales y permanentes, y/o la estimación asociada a las inversiones que se registran en la cuenta de catálogo C167.01 “Otras inversiones permanentes”. No está referido al saldo total de estimaciones registrado en las cuentas 129 y 169, sino a la proporción que corresponde a estimaciones para los productos por cobrar.
20037 | Otras captaciones a la vista sin costo financiero |
Corresponde a la proporción sin costo financiero del saldo que la entidad mantiene a fin de mes en la cuenta 211.99 “Otras captaciones a la vista”
20038 | Saldo de los recursos de terceros administrados por la entidad por vía de contratos de fideicomiso provenientes de Procesos de Titularización |
Corresponde al saldo a fin de mes que la entidad mantiene en recursos de terceros administrados por vía de contratos de fideicomiso que se han establecido en Procesos de Titularización.
20039 | Préstamos a la Banca Estatal que cumplen con lo señalado en el artículo 59, inciso 1) de la Ley 1644 |
Corresponde al saldo de créditos otorgados a la banca estatal de conformidad con el artículo 59, inciso 1) de la ley 1644 (requisito a la banca privada por su participación en captaciones por cuenta corriente). Referencia cuentas 131.16 “Préstamos a la Banca Estatal vigentes”, 132.16 “Préstamos a la Banca Estatal vencidos”, 133.16 “Préstamos a la Banca Estatal en cobro judicial”, 138.05 “Productos por cobrar por préstamos a la Banca Estatal”
20040 | Créditos garantizados con títulos emitidos por la misma entidad que cumplen con la disposición 4 c) del Acuerdo SUGEF 23-00 “Normas para establecer la suficiencia patrimonial de las entidades fiscalizadas por la SUGEF” |
Corresponde al saldo de aquellos créditos (principal e intereses), vigentes al cierre del mes respectivo, que tienen como garantía títulos valores emitidos por la misma entidad y que además, cumplen con la disposición 4 c) del Acuerdo SUGEF 23-00 “Normas para establecer la suficiencia patrimonial de las entidades fiscalizadas por la SUGEF”
20043 | Saldo obligaciones subordinadas registradas en la cuenta C 261 que cumple con las condiciones detalladas en los anexos de los acuerdos SUGEF 22-00 y SUGEF 25-00 (cálculo del patrimonio no redimible) |
Corresponde registrar aquí el saldo de la cuenta C 261 “Obligaciones subordinadas” que cumple con los requisitos estipulados en la nota 2) del anexo “Cálculo del Patrimonio No redimible” del acuerdo SUGEF 22-00 y 25-00.
20044 | Saldo obligaciones convertibles en capital registradas en la cuenta C 271 que cumple con las condiciones detalladas en el anexo del acuerdo SUGEF 22-00 (Cálculo del patrimonio no redimible) |
Corresponde registrar aquí el saldo de la cuenta C 271 “Obligaciones convertibles en capital” que cumple con los requisitos estipulados en la nota 3) del anexo “Cálculo del Patrimonio No redimible” del acuerdo SUGEF 22-00.
Los datos adicionales D 20041 “Estimaciones genéricas, hasta el 1,25% de los activos ponderados por riesgo” y D 20042 “Estimaciones mínimas para la cartera clasificada en categorías de riesgo B2, C, D y E, según acuerdo SUGEF 1-95” , que también están definidos en la norma; serán calculados al interno de la Superintendencia con base en la información que remiten mensualmente los intermediarios.