El Superintendente General de Entidades Financieras, se permite hacer del conocimiento de las entidades financieras fiscalizadas los principales alcances de la nota referencia 5-9-Q/24, del 26 de abril del año en curso, emitida por la Embajada del Perú en Costa Rica, cuyo fin es el de transmitir un aviso de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas de esa nación:
En consecuencia, el gobierno de la República del Perú desea advertir que por haberse producido la caducidad o prescripción de dichos certificados, no admitirá ninguna solicitud de requerimiento de pago o trámite alguno relacionado con tales documentos.
Atentamente,
Bernardo J. Alfaro A.
Superintendente General