El Intendente General considerando que:
Mediante Carta Circular Externa 0027-2003 del 30 de junio del 2003 esta Superintendencia remitió a las entidades financieras la versión 7.1 del Sistema Ingresador de Datos para la Clasificación de la Cartera de Crédito.
Entidades supervisadas han indicado a esta Superintendencia que la versión del ingresador 7.1, está presentando algunas inconsistencias en el criterio 1, específicamente en lo relacionado con la asignación de las categorías.
Mediante el seguimiento realizado por nuestro personal encargado de la implementación de la mencionada versión, se han evidenciado los inconvenientes que se les ha presentado a las entidades financieras.
Dispone :
Remitir la versión 7.2 del Sistema Ingresador de Datos de la Información Crediticia, mediante el envío de un archivo (EXE) denominado (DEUDORES.EXE), a través de la dirección de correo electrónico suministrada por las entidades supervisadas.
Colocar a disposición de la entidades supervisadas el anterior archivo en la siguiente dirección:
http://www.sugef.fi.cr/servicios/downloads/download_crediticio.asp
El archivo enviado por correo o descargado directamente del sitio de la SUGEF, deberá descomprimirse en el directorio donde está instalado el ingresador crediticio (C:\INGRESA). Posteriormente deberán verificar que en dicho directorio exista el archivo DEUDORES.EXE con fecha superior a Julio 2003.”
Modificar el Capítulo 5 del Manual de Información para el Sistema Financiero ubicado en el sitio Web de la Superintendencia para que sea utilizado por las entidades financieras.
Los principales ajustes relacionados con la nueva versión 7.2 se detallan en el anexo 1 de esta circular.
La utilización de la nueva versión 7.2 del Sistema Ingresador de Datos de la Información Crediticia, rige a partir del periodo finalizado el 31 de diciembre del 2003
Para evacuar y formular consultas relativas a esta nueva versión, favor realizarlas mediante el envío de un mensaje de correo electrónico a la dirección: jvega@sugef.fi.cr
Atentamente,
Juan E. Muñoz Giró
Intendente General
ARCHIVO | NATURALEZA DEL CAMBIO |
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DEUDORES |
CRITERIO1: Para deudores clasificados en este criterio
CRITERIO 2 Y 3
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GRUPO DE INTERES ECONOMICO |
Permitir que las personas jurídicas identificadas con el tipo de persona BANCOS CORRESPONSALES TIPO 4, sean incluidas como miembros de los grupos de interés económico identificados por las entidades y que deben ser reportados a esta Despacho. |