El Intendente General de Entidades Financieras, considerando que:
1.1 Informar sobre: Números de las cuentas corrientes, de ahorro, electrónicas, certificados de inversión o depósito a plazo, fideicomisos, cajitas de seguridad, tarjetas de crédito, cheques de gerencia y cualquier otro tipo de inversión o depósito generados por las tres personas que se enunciaron, aunque los mismos fueren al portador y aquellos contratos bancarios o financieros donde las personas físicas aparecen como autorizadas a firmar.
De resultar positiva la existencia de la actividad bancaria, financiera o de inversión, se informe además:
1.2 Fecha en que dio inicio la relación contractual, montos, números y fechas de las transacciones, personas o representantes que las hicieron, (personas) autorizadas a realizar los movimientos en las mismas, estado actual de la cuenta y en caso de que estén cerradas se debe indicar el motivo y fecha de cierre y los movimientos de dichas operaciones desde el momento de inicio hasta el día de la notificación de la orden o hasta el cierre.
2.2 Secuestrar la documentación original aportada por las partes al momento de la rúbrica del contrato, tarjetas de registros de firmas y autorizadas a firmar, copias de los estados de cuenta desde el momento de la apertura hasta la fecha de cierre en caso de estar cerradas o hasta el momento de la notificación de la orden, en caso de estar abiertas, en caso de cuentas corrientes que se suministren los cheques girados durante el transcurso de la relación contractual con el ente girado y en caso de ser certificados se debe de proceder a secuestrar los mismos aunque sean al portador que hayan sido comprados por las personas enunciadas.
Requiere que todas las entidades bancarias pertenecientes al Sistema Bancario Nacional que procedan de inmediato de conformidad con la orden supracitada emitida por el referido Juzgado e informen al señor Alfredo Araya Vega, representante de la Fiscalía Adjunta de Delitos Económicos, Corrupción y Tributarios del Ministerio Público, con copia a esta Superintendencia, de las acciones tomadas para atender lo solicitado por dicho juez penal. Para tales efectos, se anexa copia de la documentación correspondiente.
Atentamente,
Juan E. Muñoz Giró
Intendente General
JMG/NVC/