El Superintendente General de Entidades Financieras
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, mediante artículo 6 del acta de la sesión 320-2002 del 20 de agosto de 2002, instruyó al Superintendente General de Entidades Financieras para que, en el marco de las modificaciones a los Acuerdos SUGEF 22-00 “Normas generales para definir y calcular el patrimonio de la entidades fiscalizadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras”, SUGEF 23-00 “Normas para establecer la suficiencia patrimonial de las entidades fiscalizadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras”, SUGEF 25-00 “Normas generales para definir y calcular el patrimonio de las asociaciones mutualistas de ahorro y préstamo para la vivienda” y SUGEF-26-00 “Normas para establecer la suficiencia patrimonial de las asociaciones mutualistas de ahorro y préstamo para la vivienda”, aprobadas en esa sesión, emita un instructivo con el detalle del cálculo del capital base y la suficiencia patrimonial, el cual deberá actualizarse cada vez que se presenten cambios en el plan de cuentas para Entidades Financieras y en el Manual de Información Financiera.
Bernardo J. Alfaro A.
Superintendente General
BAA/RPC/vzb