El Intendente General considerando que:
El Modulo de Información Crediticia brinda apoyo a los procesos orientados a conocer y evaluar el riesgo que presentan las operaciones crediticias, controlar el cumplimiento de márgenes legales y reglamentarios, obtener información estadística y entregar al medio información general y detallada sobre la cartera de crédito.
En Carta Circular Externa 36-99 del 29 de setiembre de 1999 referente a la actualización de los padrones de cédulas de identidad en su párrafo 3 inciso g) dice "....La SUGEF solo aceptará Solicitudes de Actualización de Padrones que sean enviadas antes de los últimos tres días hábiles del plazo máximo de envío de datos..."
Remitir la versión 7.0 del Sistema Ingresador de Datos de la Información Crediticia, mediante el envío de un archivo zip denominado deudores.zip, a través de la dirección de correo electrónico suministrada por las entidades supervisadas.
Modificar el Capítulo 5 del Manual de Información para el Sistema Financiero ubicado en el sitio web de la Superintendencia para que sea utilizado por las entidades financieras.
Los principales cambios relacionados con la nueva versión se detallan en el anexo 1 de esta circular.
Modificar el plazo de recepción de solicitudes de actualización de los padrones, que tendrá incidencia en la información de los deudores para un período en particular, de manera que se tramitaran aquellas que como máximo hayan sido recibida por esta Superintendencia hasta el segundo día hábil después del cierre del período de que se trate . Las solicitudes que ingresen vía Extranet después de ese plazo, serán tramitadas como parte que afectará la información del período inmediato siguiente.
La utilización de la nueva versión 7.0 del Sistema Ingresador de Datos de la Información Crediticia, rige a partir del periodo finalizado el 30 de junio del 2003
Para evacuar y formular consultas relativas a esta nueva versión, favor realizarlas mediante el envío de un mensaje de correo electrónico a la dirección: jvega@sugef.fi.cr
Atentamente,
Juan E. Muñoz Giró
Intendente General
ARCHIVO | NATURALEZA DEL CAMBIO |
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DEUDORES |
El campo Categoría de Riesgo se incrementó a 2 caracteres. Lo anterior por la inclusión de las categorías b1 y b2 y las excepciones contenidas en la categoría C de los criterios 2 y 3. ver Tabla 4 del Anexo 3. |
OPERACIONES |
Se mantiene igual la estructura. Se amplía el campo Estado de la Operación de la siguiente manera:
Referencia Tabla 8 del Anexo 3 |
Garantías
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Archivo Nuevo. Datos sobres las garantías que respaldan las operaciones de credito otorgadas por la entidad financiera El código P dela Tabla 15 del Anexo 3 es de uso exclusivo para aquellas operaciones del Criterio 3. |