El Consejo Nacional de Supervisión
del Sistema Financiero, mediante Artículo 14, de
El cálculo de la suficiencia
patrimonial de las entidades fiscalizadas por parte de esta Superintendencia,
requiere de información complementaria o datos adicionales en formatos
estandarizados de presentación.
A partir de la información con cierre
al 31 de julio del 2006 y hasta tanto no se haya habilitado el sistema
ingresador mediante SICVECA que permita el envío de los nuevos datos
adicionales, se hace necesario modificar el ingresador actual de información
financiero contable para la recepción uniforme de estos datos adicionales para
cada una de las entidades fiscalizadas. Lo anterior conforme el cronograma
establecido en
Según lo dispuesto en el Artículo
131, inciso b) de
Solicitar a las entidades
fiscalizadas por
Solicitar a las entidades
fiscalizadas que dichos datos adicionales se presenten dentro del plazo y con
la periodicidad establecida para el capítulo de Información Contable del
“Manual de Información del Sistema Financiero” y la aludida Circular Externa
SUGEF-013-2006. Los datos adicionales del Anexo Nº 1, correspondientes al
cierre con corte al 31 de julio del 2006, deberán presentarse a más tardar el 8
de agosto del 2006.
Esta Superintendencia remitirá a las
entidades supervisadas el archivo denominado “INGRESADOR”, a efecto de que se
utilice en el envío de la información correspondiente. Dicho archivo se
trasladará por correo electrónico el 10 de julio próximo, al funcionario de la
entidad fiscalizada que usualmente esta Superintendencia ha venido contactando
para la remisión de la información financiero – contable.
Solicitar a las entidades
fiscalizadas la remisión de los demás datos adicionales que hasta esta fecha se
han requerido, ajustándose al listado del Anexo Nº 2.
Para
la atención de consultas pueden comunicarse con el señor Cristian Vega
Céspedes, teléfono 243-4971 o al correo electrónico cvega@sugef.fi.cr
Atentamente,
Alexander Arriola Cruz
Intendente General a.i.
Los siguientes datos adicionales se incluirán en el ingresador SIREVECA a
partir de la fecha corte del 31 de julio del 2006:
DATO ADICIONAL | CUADRA CON: | SE REFIERE A: |
---|---|---|
D20115 Porcentaje máximo para cubrir el retiro de
aportes según el estatuto |
Si es cooperativa : 1 < D20115 < 100 De lo contrario el dato debe ser igual a cero. |
El
porcentaje máximo que puede destinarse para cubrir el retiro de los aportes
hechos por parte de los asociados para el caso de las cooperativas de ahorro
y crédito, al concluir cada ejercicio económico. Las demás entidades deberán
reportar este dato adicional en 0. |
D20116 Las inversiones en deuda subordinada o
convertible en capital de otras empresas, netas de estimaciones |
|
Las
inversiones en deuda subordinada o convertible en capital de otras empresas |
D20131
Cartera de créditos y productos por cobrar a créditos a ponderar
por el 0% (neto de estimaciones) |
La sumatoria de los datos adicionales D20131… D20137
debe ser igual a la sumatoria de las cuentas contables 131 + 132 + 133 + 137 + 138 + 139 + 148.03 +
149.08.M.03 (después
de aplicar signos) + 145 -
D20092 |
Proporción
de los créditos garantizados con valores de bancos multilaterales, BCCR y
gobierno (¢) y otros emisores calificados en categoría 0 y deudores
calificados en categoría 0. |
D20132
Cartera de créditos y productos por cobrar a créditos a ponderar
por el 10% (neto de estimaciones) |
Créditos
back to back y proporción de los créditos garantizados con valores de BCCR y
gobierno ($) y otros emisores calificados en categoría 1 y deudores
calificados en categoría 1. |
|
D20133
Cartera de créditos y productos por cobrar a créditos a ponderar
por el 25% (neto de estimaciones) |
Proporción
de los créditos garantizados con valores de otros emisores calificados en
categoría 2 y deudores calificados en categoría 2. |
|
D20134
Cartera de créditos y productos por cobrar a créditos a ponderar
por el 50% (neto de estimaciones) |
Créditos
con garantía hipotecaria residencial habitada por el deudor y proporción de
los créditos garantizados con valores de otros emisores calificados en
categoría 3 y deudores calificados en categoría 3. |
|
D20135
Cartera de créditos y productos por cobrar a créditos a ponderar
por el 75% (neto de estimaciones) |
Proporción
de los créditos garantizados con valores de otros emisores calificados en
categoría 4 y deudores calificados en categoría 4. |
|
D20136
Cartera de créditos y productos por cobrar a créditos a ponderar
por el 90% (neto de estimaciones) |
Proporción
de los créditos garantizados con valores de otros emisores calificados en
categoría 5 y deudores calificados en categoría 5. |
|
D20137
Cartera de créditos y productos por cobrar a créditos a ponderar
por el 100% (neto de estimaciones) |
Proporción
de los créditos garantizados con valores de otros emisores calificados en
categoría 6 y no calificados y deudores calificados en categoría 6 y no
calificados. |
|
D20138
Pasivos Contingentes y productos por cobrar a ponderar por el 0%
(neto de estimaciones) |
La sumatoria de los datos adicionales D20138… D20144
no debe ser mayor a la sumatoria de las cuentas contables 611.01.M.02 +611.02.M.02 + 611.03.M.02 + 611.04.M.02
+ 611.05 + 612.02 + 612.04 + 613.01.M.02 + 615.01 + 615.03 + 615.99 + 616 +
617.01 + 619 +
142.01 – 252 |
Pasivos
contingentes de (o garantizados por) bancos multilaterales, BCCR, gobierno
(¢) y otros emisores/deudores calificados en categoría 0. Según la cuenta
contable, debe multiplicarse el sado con el factor de equivalencia de
crédito. |
D20139
Pasivos Contingentes y productos por cobrar a ponderar por el 10%
(neto de estimaciones) |
Pasivos
contingentes de créditos back to back, créditos a (o garantizados por) BCCR y gobierno ($) y de otros
emisores/deudores calificados en categoría 1. Según la cuenta contable, debe
multiplicarse el sado con el factor de equivalencia de crédito. |
|
D20140
Pasivos Contingentes y productos por cobrar a ponderar por el 25%
(neto de estimaciones) |
Pasivos
contingentes de (o garantizados por) otros emisores/deudores calificados en
categoría 2. Según la cuenta contable, debe multiplicarse el sado con el
factor de equivalencia de crédito. |
|
D20141
Pasivos Contingentes y productos por cobrar a ponderar por el 50%
(neto de estimaciones) |
Pasivos
contingentes con garantía hipotecaria residencial habitada por el deudor y
créditos de (o garantizados por) otros emisores/deudores calificados en
categoría 3. Según la cuenta contable, debe multiplicarse el sado con el
factor de equivalencia de crédito. |
|
D20142
Pasivos Contingentes y productos por cobrar a ponderar por el 75%
(neto de estimaciones) |
Pasivos
contingentes de (o garantizados por) otros emisores/deudores calificados en
categoría 4. Según la cuenta contable, debe multiplicarse el sado con el
factor de equivalencia de crédito. |
|
D20143
Pasivos Contingentes y productos por cobrar a ponderar por el 90%
(neto de estimaciones) |
Pasivos
contingentes de (o garantizados por) otros emisores/deudores calificados en
categoría 5. Según la cuenta contable, debe multiplicarse el sado con el
factor de equivalencia de crédito. |
|
D20144
Pasivos Contingentes y productos por cobrar a ponderar por el
100% (neto de estimaciones) |
Pasivos
contingentes de (o garantizados por) otros emisores/deudores calificados en
categoría 6 y no calificados. Según la cuenta contable, debe multiplicarse el
sado con el factor de equivalencia de crédito. |
|
D20145
Valor en Riesgo (VeR) determinado por el supervisado |
|
Debe
utilizarse la metodología proporcionada en el Acuerdo del Superintendente
SUGEF-A-002 y sus modificaciones y/o sustituciones futuras. La remisión de
este dato no es obligatorio |
D20146
Reservas voluntarias. Según el inciso G) del art. 7, Acuerdo SUGEF 3-06. |
La sumatoria del dato adicional D20146 no debe ser
mayor a la cuenta contable 343.02.1.01 |
Reservas
patrimoniales voluntarias constituidas con el fin específico de cubrir
pérdidas de la entidad y que mediante acuerdo del máximo órgano directivo se declaran
no redimibles. |
Detalle
de Datos Adicionales Vigentes
Los siguientes datos adicionales mantienen su vigencia:.
20001 |
Cartera
de créditos al día y con atraso hasta 90 días, excepto cobro judicial |
20002 |
Cartera
de créditos con atraso mayor a 90 días y crédito en cobro judicial |
20014 |
Número de
empleados |
20017 |
Obligaciones
por cartas de crédito emitidas sin costo financiero |
20018 |
Obligaciones
por otras aceptaciones sin costo financiero |
20019 |
Obligaciones
por pactos de recompra de títulos sin costo financiero |
20020 |
Obligaciones
por compras a futuro de divisas sin costo financiero |
20021 |
Obligaciones
por ventas a futuro de divisas sin costo financiero |
20022 |
Otras
obligaciones con entidades financieras a plazo sin costo financiero |
20024 |
Número de
asociados inactivos |
20025 |
Porcentaje
de excedentes netos que serán capitalizados |
20026 |
Número de
asociados activos |
20027 |
Inv.valores
y dep. en Gobierno, BCCR, y valores de gobiernos y bancos centrales
extranjeros con vencimiento > 1 mes, no comprometidas |
20028 |
Inv.valores
y dep. en Gobierno, BCCR, y valores de gobiernos y bancos centrales
extranjeros con vencimiento > 3 mes, no comprometidas |
20037 |
Otras
captaciones a la vista sin costo financiero |
20043 |
Instrumentos
de deuda perpetuos. Según art. 7, inciso K, SUGEF 3-06 |
20044 |
Instrumentos
de capital y deuda a plazo. Según art 7, inciso L, SUGEF 3-06 |
20053 |
Capital
pagado preferente de carácter perpetuo y con cláusula de dividendos no
acumulativos |
20092 |
Valor en
libros de créditos otorgados a la sociedad controladora |
20105 |
Valor en
libros de las acciones de la entidad que hayan sido objeto de gravámenes por
operaciones crediticias efectuadas por ella misma |
20111 |
Acciones
comunes en Tesorería (ref cta 315) |
20112 |
Acciones
preferentes en Tesorería (ref cuenta 315) |