CIRCULAR EXTERNA
SUGEF-015-2002
11 de julio del 2002
A las
sociedades controladoras de los grupos financieros supervisados por la Superintendencia General de Entidades Financieras
CONSIDERANDO QUE:
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La supervisión consolidada de los grupos financieros
complementa los esquemas de supervisión vigentes sobre bases individuales y que
para el ejercicio de esta supervisión consolidada, el órgano supervisor
requiere de información financiera-contable adicional en formatos
estandarizados de presentación.
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El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema
Financiero, mediante artículo 6°, numeral 1, del acta de la sesión 155-2000
celebrada el 6 de junio del 2000, aprobó las “Normas para la Presentación,
Remisión y Publicación de los Estados Financieros Consolidados e Individuales”,
publicadas en el Alcance No. 57 de La Gaceta No. 167 del 31 de agosto del 2000.
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Como resultado de la revisión de la información financiera
contable relativa a los grupos financieros, remitida a esta Superintendencia
con corte a diciembre del 2001 y a marzo del 2002, han surgido observaciones y
consultas sobre los formatos utilizados, así como la necesidad de uniformar su
contenido y presentación, particularmente en lo correspondiente a los
indicadores de riesgo que deben reportar las entidades financieras domiciliadas
en el exterior.
DISPONE:
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Reiterar a las Sociedades Controladoras de los Grupos
Financieros autorizados que la información adicional referida a los Indicadores
de Riesgo, contenida en el numeral 11 de la Sección V “Políticas Contables y
notas explicativas a los Estados Financieros Consolidados e Individuales”, de
las "Normas para la Presentación, Remisión y Publicación de los Estados
Financieros Consolidados e Individuales de los Grupos Financieros", debe
ser remitida a esta Superintendencia, tanto en los estados financieros
trimestrales como en los auditados anuales.
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La información correspondiente al detalle de los
indicadores de riesgo señalados en el punto anterior, debe remitirse de
conformidad con el formato anexo a esta Circular; la cual se encuentra
disponible también en el sitio web de esta Superintendencia (www.sugef.fi.cr).
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Se
aclara que esta solicitud no modifica la información que se ha venido
remitiendo en los períodos anteriores, únicamente estandariza el formato para
facilitar el procesamiento de la información que esta Superintendencia debe
realizar. El mismo será de aplicación obligatoria a partir de la
información que debe remitirse con corte al 30 de junio del 2002.
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Para
consultas favor comunicarse con el Departamento de Análisis Financiero de
Bancos Privados y Grupos Financieros, a los teléfonos 243-4893 y 243-4886.
Bernardo J. Alfaro A.
Superintendente General
BAA/CSC/MZP/rhr
Ver Anexo