CIRCULAR EXTERNA

SUGEF 010-2005

13 de abril del 2005  

 

A los gerentes o representante legales de las empresas controladoras de los grupos financieros

 

 

Considerando  que:

 

Mediante el artículo 142  de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica,  Ley No 7558, y los artículo 4 y 5  del Reglamento   para la Constitución, el Traspaso, el Registro y el  Funcionamiento  del los Grupos Financieros, se establecen las responsabilidades de las sociedades controladoras de los grupos financieros, con respecto a las acciones de capital que las acreditan como propietarias de todas las demás entidades de su grupo.

 

Dispone que:

 

Las sociedades controladoras de los grupos financieros registrados en esta Superintendencia  deberán remitir a la misma, a más tardar el 29 de abril del año en curso, la siguiente información:

  1. Constancia   emitida por la central de valores o entidad de custodia autorizada por SUGEVAL, en la que se consigne con respecto a las acciones o certificados que acreditan a la controladora como propietaria de cada una de las empresas integrantes del grupo financiero, al menos lo siguiente: cantidad e identificación de las acciones o certificados (en este caso deberá indicar además el número de acciones que ampara), valor, serie, clase de acción y emisor.

  2. Certificación emitida por notario público en la que se consigne: cantidad e identificación de las acciones o certificados (en este caso deberá indicar además el número de acciones que ampara) que conforman el capital social de cada una de las sociedades componentes del grupo financiero, así como su valor, serie y clase de acción.

  3. Declaración jurada, autenticad por abogado, firmada por el representante legal de la entidad controladora del grupo financiero, en que haga constar que toda la información que brindan es correcta y está completa.

  4. Copia del documento escrito presentado ante  la central de valores o entidad de custodia correspondiente, mediante el cual se autoriza a la SUGEF para que efectúe revisiones periódicas, mediante recuento físico o requerimiento de información, con el fin de verificar la cantidad y valor de las acciones depositadas.

 

 

Juan E. Muñoz Giró

Intendente General